El contenido de las publicaciones en periódico oficial o gaceta municipal, las cuales deberán comprender los resolutivos y acuerdos aprobados por los ayuntamientos.
Artículo 96 ° Fracción III Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa
Descripción: Los municipios publicarán su gaceta municipal, estrados u otro medio, los cuales deberán contener los resolutivos, disposiciones, reglamentos, órdenes, acuerdos y demás actos que se aprueben por los Ayuntamientos, con la finalidad de dar a conocer a cualquier persona las decisiones tomadas por las autoridades competentes.
Periodo de actualización: Trimestral, de acuerdo con la normatividad correspondiente.
Conservar en el sitio de Internet: Información vigente y los periódicos oficiales o gacetas publicadas durante el ejercicio en curso.
Aplica a: Municipios.